Hasta hace poco tiempo, el primo de un amigo se desempeñaba como Oficial de Cumplimiento en una entidad de Derecho Público, la cual, “atiende” un sector fundamental para el desarrollo de este país.
Su salida de dicha entidad, así como los acontecimientos de los meses posteriores en la unidad de PLD/FT que custodiaba, me motivaron a escribir unas cuantas líneas sobre este caso. Lo anterior, derivado del riesgo que significa tener a un enemigo al interior de la organización en cualquier entidad, ya sea pública o privada.
Para explicarme mejor, después de conocer de cerca los detalles ocurridos, es decir, la entrada de una nueva administración y de la designación de nuevos nombramientos de diverso personal en puestos estratégicos dentro de esa organización, puedo afirmar que resulta sumamente importante conocer e identificar a las personas que van a ser contratadas en cualquier entidad y realizarle una debida diligencia en su proceso de selección o de medición de competencias.

En mi opinión, este proceso, debería manejarse de manera más eficiente por las áreas encargadas de recursos humanos, o bien, por los oficiales de cumplimiento en sus respectivas organizaciones, sin embargo, otra es la realidad, quizá debido a las múltiples ocupaciones en que se encuentran sumergidas esas áreas o por su excesivo interés en atender otras contrapartes es que pasan de largo estos aspectos y no llegan a afectuar una debida diligencia de las personas a contratar, es decir, que de manera plena, identifiquen y conozcan situaciones o circunstancias que generen un riesgo a la entidad al contratar a quien no tenga las capacidades necesarias, y hasta que desconozca, por ejemplo, sus funciones, competencias, operaciones, negocios, contratos o de lo que vaya a ser responsable, incluido por supuesto, una indagación de lo relacionado con sus posibles antecedentes judiciales; de anticorrupción, responsabilidad administrativa e incluso de Lavado de Activos o Financiamiento al Terrorismo.
Todas las instituciones y empresas se enfrentan a la amenaza común de tener un enemigo al interior de su organización. Esta amenaza son los colaboradores o personas que ocupan cargos sin la más mínima experiencia en las actividades que van a desempeñar, y que además, manejan información privilegiada que pueden comprometer las operaciones, mismas que pueden ser el robo o filtración de información que se considere confidencial en la empresa, corromper los procesos internos, manipular los programas y plataformas tecnológicas, debilitar los mecanismos de defensa de la organización, ayudar a los delincuentes financieros internos o externos e infligir daños que pueden llevar a cabo gracias a su posición privilegiada.

La vulnerabilidad que presentan las entidades financieras y/o las empresas de cualquier naturaleza de estar implicadas en riesgos de todo tipo, incluidos los operacionales y reputacionales, pueden convertirse en sistémicos, o bien, en un delito financiero o patrimonial. Estos se agravan por los riesgos que presentan sus empleados, mismos, que pueden ser víctimas de diversos delitos tanto financieros como económicos, o más grave aún, estar involucrados en él.
Un empleado incompetente, sin experiencia en su área de atención, sin ideas claras para la conducción de su equipo de trabajo, corrupto, etc, puede causar tantos o más estragos en una organización del sector privado o público que cualquier otro delincuente externo. Lo que resulta irónico es que, a pesar de su capacidad de causar tanto daño, la verificación de antecedentes y los procesos de debida diligencia relacionados con los empleados o las personas con información privilegiada antes de su contratación son menos rigurosos que aquellos que se utilizan para los clientes.
Las instituciones financieras públicas o privadas y/o las empresas hoy en día, emplean bastante tiempo y dinero en procesos de debida diligencia que involucran a sus clientes, sin embargo, cuando se trata de los empleados y otras personas con acceso a información privilegiada, invierten relativamente poco en los procesos de verificación de antecedentes previos al contrato y en la supervisión posterior.

Los empleados suelen ser contratados solo con la revisión y aprobación previa de los departamentos de recursos humanos. La investigación y la vigilancia de la contratación y del comportamiento de los empleados y las personas con información privilegiada después de su contratación, suele ser responsabilidad de los departamentos de seguridad empresarial, por lo que considero que debiera ser un compromiso mancomunado entre las áreas de cumplimiento, las áreas de recursos humanos, de selección de personal y de seguridad si es que se cuenta con ésta en la organización.
Asimismo, este tema debiera manejarse no sólo al ingreso del empleado, sino también durante el tiempo de su permanencia, es decir llevando a cabo una debida diligencia durante este tiempo dentro de la entidad, a efecto de verificar que esté llevando un rumbo adecuado sus funciones y para lo que fue contratado.
Lucio R. Valdez Velázquez
Oficial de Cumplimiento certificado por la CNBV.