Mundo PLD

Desafíos en la LFPIORPI para Actividades Vulnerables

Por Yolanda Cano Gutiérrez

Pese a que en México la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) se publicó en el año 2012, con el objeto de proteger el sistema financiero y la economía nacional, estableciendo medidas y procedimientos para prevenir y detectar actos u operaciones que involucren recursos de procedencia ilícita… (Art.2), aún se enfrenta a retos significativos que involucran la colaboración activa entre el sector público y sector privado, ya que la Delincuencia Organizada ya no solo se dedica al negocio del narcotráfico, sino también al robo, la extorsión, el secuestro, trata de personas y la producción de drogas sintéticas y a esto se suma la sofisticación de las técnicas que utilizan para ocultar su identidad y los bienes obtenidos de forma ilícita. Otros retos que también se presentan son la creciente aparición de la tecnología emergente, ya que al estar evolucionando rápidamente complica la labor de las autoridades que intentan rastrear el origen ilícito de los fondos, así como la corrupción en algunos sectores y la impunidad para una lucha más efectiva contra el lavado de dinero. 

 

En la Evaluación Nacional de Riesgos del año 2023 (ENR2023) se reconoce que el proyecto de reforma presentado en la Cámara de Senadores el 07 de febrero de 2019, es considerado uno de los más relevantes y urgentes, ya que plantea modificaciones en los temas de Financiamiento al Terrorismo (FT), Personas Expuestas Políticamente (PEP), Enfoque Basado en Riesgo, Beneficiario Final, Operaciones Sospechosas, programas de capacitación y sistemas automatizados, Auditoría interna o auditor externo, Organizaciones Sin Fines de Lucro (OSFL) enfocados en FT y Actividad Vulnerable (AV) mediante Fideicomisos. 

 

La falta de aprobación a las reformas relativas a este sector genera una ausencia de normatividad específica que impulse un mejor análisis de sus operaciones. 

 

  • Carencia de información sustantiva de los delitos ORPI. 
  • Deficiencias en el análisis de inteligencia de reportes y avisos. 
  • Debilitamiento del ejercicio de los órganos supervisores. 
  • Debilitamiento en la coordinación interinstitucional entre autoridades del régimen de PLD/CFT”. (ENR, 2023) 

 

También es importante mencionar que quienes realicen una Actividad Vulnerable deberán cumplir con cada una de las obligaciones listadas en Ley, Reglamento y las Reglas de Carácter General de la LFPIORPI tomando en consideración que cada actividad atiende aspectos particulares y específicos por lo que los criterios, medidas y procedimientos deben ser un traje a la medida de cada Sujeto, de acuerdo con la o las actividades vulnerables que realice.  

 

Por lo anterior, me atrevo a sugerir que no más del 50% de los Sujetos Obligados (SO) de las Actividades Vulnerables realmente ha implementado una cultura de cumplimiento en materia de Prevención de Lavado de Dinero en sus empresas, porque aún en la actualidad se siguen presentando los siguientes supuestos: 

  

1) Hay SO que ya conocen la Ley y aun así siguen sin cumplir y creyendo que no va a llegar la autoridad y ejercer sus facultades. 

 

2) Los SO que no conocen la normatividad y por consecuencia no dan cumplimiento alguno, lo cual provoca que el cumplimiento a esta normativa avance de manera más pausada, por ende, se introduzcan fondos ilícitos en el Sistema Financiero (SF) mexicano. 

 

DESAFÍOS A LOS QUE SE ENFRENTA LA LFPIORPI 

 

La LFPIORPI es el principal instrumento con el que cuenta México para prevenir y detectar operaciones relacionadas con el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo y aunque se han tenido avances, aun se siguen presentando casos significativos que la desafían en su correcta aplicación.  A continuación, se mencionan algunos de los desafíos que en la actualidad enfrenta la citada Ley: 

 

1.- Falta de una cultura de cumplimiento. Como se mencionó anteriormente el desconocimiento y la resistencia a implementar controles internos rigurosos que permitan mitigar los riesgos del delito de Lavado de Dinero dejan la puerta abierta para que se vulnere el sector empresarial y el SF.  

 

2.- Inconsistencias y errores en la presentación de avisos. Se ha observado que los avisos se han presentado de manera incompleta, incorrecta y/o fuera de los plazos establecidos en la Ley.  

 

3.- Ambigüedades en los umbrales de identificación y aviso. Los umbrales establecidos en la Ley pueden ser ambiguos o inapropiados en ciertos sectores, según se lee en “Estudio sobre buenas prácticas y recomendaciones para el diseño y aplicación de un marco sancionatorio proporcional y disuasivo” (GAFILAT, JULIO 2024) 

 

4.- Evolución de los métodos de lavado de dinero. La tecnología al estar evolucionando rápidamente presenta todo un reto para los reguladores en términos de monitoreo y control, caso contrario en los “Lavadores de Dinero”, ya que ellos utilizan estos avances tecnológicos para mover sus fondos de manera anónima y continúan desarrollando métodos cada vez más sofisticados para evitar ser detectados, ejemplo de ello son la creación de empresas fachada y la diversificación de sus actividades en múltiples sectores. 

 

5.-Falta de sanciones efectivas. Aunque la ley prevé sanciones para quienes incumplan con las obligaciones de las Actividades Vulnerables, en la práctica, no siempre se aplican de manera efectiva o se imponen multas demasiado bajas para disuadir. La Recomendación 35 del GAFI advierte que los países deben asegurar que exista una gama de sanciones eficaces, proporcionales y disuasivas, sean penales, civiles o administrativas. En el “Estudio sobre buenas prácticas y recomendaciones para el diseño y aplicación de un marco sancionatorio proporcional y disuasivo” se aprecia que los países, incluido México han tenido un cumplimiento técnico satisfactorio; todavía se detectan deficiencias en la valoración de los criterios técnicos. (GAFILAT, JULIO 2024) 

 

6.- Confidencialidad y protección de datos. Dado que los Sujetos Obligados manejan datos sensibles de sus clientes, existe la preocupación por la confidencialidad y el riesgo en la fuga de información.   

 

7.- Capacitación insuficiente. Hay Sujetos Obligados que por el número de operaciones no cuenta con los recursos económicos que les permitan capacitar a su personal con la formación adecuada para identificar comportamientos sospechosos o implementar controles de prevención de lavado de dinero. 

 

Como se puede observar son varios los desafíos que se presentan en la aplicación de la LFPIORPI; sin embargo, también son áreas de oportunidad y mejora para fortalecer el Sistema de Prevención de Lavado de Dinero en el país. Es importante mencionar que en la ENR2023 se propone un ‘Plan de Acción Preliminar’ de prevención y mitigación en los factores de riesgo asociados a los SO, el cual contempla los temas de: 

 

1) Falta de conocimiento especializado de los Sujetos Obligados. 

2)Propuestas para los sistemas de monitoreo y alertamiento de la UIF. 

3) Propuestas para el diseño del Aviso y Reporte conforme a Estándares Internacionales. 

4) Propuesta en la normativa para implementar un EBR por parte de los SO de AV. 

5) Propuesta de maduración de los modelos de riesgo de los supervisores de AV para implementar un EBR. 

6) Propuestas para mejorar la calidad de la información de las Estructuras Jurídicas. 

7) Propuesta para mejorar la calidad de la información del Beneficiario Final.

8) Propuesta para fortalecer el Sistema Supervisor y Sancionador, entre otros.  

 

En este contexto, se aprecia que México busca dar cumplimiento a lo dispuesto por Estándares Internacionales en la lucha contra el LD/FT, lo que vendría a reparar las inconsistencias actuales en la Ley y también a fortalecer el Régimen de PLD, caso contrario, de no llevar a cabo el plan de acción conduciría a la vulnerabilidad en la economía nacional y el Sistema Financiero. 

Conclusión
 

El lavado de dinero es un reto crítico en México, debido a que es una amenaza continua para la estabilidad financiera integridad económica del país, su prevención requiere de un enfoque integral que involucra: colaboración activa entre el sector público y privado, así como el fortalecimiento en capacitación constante, educación financiera y una cultura de cumplimiento y por supuesto en la adopción del uso de tecnologías avanzadas.  

 

Por otra parte, la concientización de la sociedad en general acerca de los riesgos asociados al lavado de dinero va a ser una herramienta poderosa para prevenir que los ciudadanos se involucren en este tipo de actos ilícitos. 

 

 

Yolanda Cano Gutiérrez

Especialista en Prevención y Persecución de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita por el INACIPE.

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