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El Lavado de Dinero y las Instituciones Religiosas: Un Análisis Profundo de Casos y Cuestiones Éticas

Por Pedro Ramírez Conde

El lavado de dinero, una práctica delictiva que busca ocultar el origen ilícito de fondos, ha dejado una sombra sobre instituciones religiosas en varios momentos de la historia. Estos casos han expuesto la compleja intersección entre finanzas y fe, generando debates éticos y cuestionamientos sobre la transparencia y el cumplimiento dentro de las comunidades religiosas.

Los riesgos de lavado de dinero en asociaciones religiosas pueden ser diversos y variados, pero algunos de los más prominentes incluyen:

  • Falta de supervisión y controles financieros adecuados: Las asociaciones religiosas, en ocasiones, pueden carecer de la infraestructura financiera adecuada para supervisar y controlar exhaustivamente las transacciones financieras. Esto puede abrir espacios para que individuos inescrupulosos aprovechen lagunas en los sistemas de control y realicen actividades ilícitas de lavado de dinero.
  • Manejo de grandes sumas de efectivo: Las contribuciones y donaciones a instituciones religiosas suelen involucrar transacciones en efectivo, lo que puede dificultar la trazabilidad de fondos. Esta circunstancia representa un riesgo potencial para el lavado de dinero, ya que el efectivo es más difícil de rastrear y puede ser utilizado para fines ilegales sin dejar un rastro claro.
  • Complejidad en la estructura organizativa: Algunas asociaciones religiosas pueden tener una estructura organizativa compleja, con múltiples sucursales, organizaciones afiliadas o proyectos caritativos. Esta complejidad puede dificultar la supervisión efectiva y la transparencia en las transacciones financieras, lo que podría ser aprovechado por individuos con intenciones ilícitas.
  • Relaciones internacionales y transnacionales: En el caso de instituciones religiosas con presencia global, el lavado de dinero puede aprovechar las complejidades de las transacciones internacionales para ocultar la fuente o destino de fondos ilícitos, complicando la detección por parte de las autoridades.
  • Falta de transparencia y rendición de cuentas: En algunos casos, las instituciones religiosas pueden operar con un nivel limitado de transparencia en sus actividades financieras, lo que dificulta la rendición de cuentas y la supervisión externa.

Estos riesgos no implican que todas las asociaciones religiosas estén involucradas en actividades ilícitas ni que todos los casos de lavado de dinero estén vinculados a entidades religiosas. Sin embargo, resaltan áreas donde la falta de controles adecuados puede dejar espacios para la explotación y el uso indebido de fondos dentro de estas organizaciones. Es esencial implementar medidas sólidas de supervisión, transparencia y cumplimiento para mitigar estos riesgos y preservar la integridad financiera y moral de las instituciones religiosas.

 

Ejemplos de casos

 

Uno de los episodios más resonantes ocurrió en la década de 1980 en Italia, donde el Banco Ambrosiano, con conexiones estrechas con el Vaticano, se vio envuelto en un escándalo financiero monumental. El descubrimiento de lavado de dinero, conexiones con organizaciones criminales y maniobras financieras fraudulentas reveló una trama compleja que puso en entredicho la integridad financiera en el entorno religioso.

 

En Brasil, la Iglesia Universal del Reino de Dios fue objeto de acusaciones de lavado de dinero en 2007. Altos líderes religiosos se vieron envueltos en controversias por transacciones financieras cuestionables y la gestión de grandes cantidades de efectivo, avivando la discusión sobre la supervisión financiera y la rendición de cuentas dentro de las estructuras religiosas.

En México, surgieron informes en 2012 que señalaban a miembros de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días en actividades de lavado de dinero. Estos casos pusieron de manifiesto la importancia de mantener estándares éticos y controles financieros rigurosos dentro de las comunidades religiosas.

La investigación sobre el lavado de dinero en la Luz del Mundo fue iniciada por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de México en el año 2020. La UIF encontró evidencia de que la iglesia había recibido grandes cantidades de dinero en efectivo de fuentes desconocidas, y que había utilizado ese dinero para comprar bienes y servicios, así como para realizar inversiones.

 

En 2021, la UIF presentó cinco denuncias penales contra la Luz del Mundo y su líder, Naasón Joaquín García. Las denuncias alegan que la iglesia y su líder se involucraron en lavado de dinero, evasión de impuestos y otros delitos.

En 2020, Naasón Joaquín García fue extraditado a Estados Unidos para enfrentar cargos de tráfico sexual, pornografía infantil y otros delitos. En 2023, García fue declarado culpable de seis cargos de abuso sexual infantil y sentenciado a 16 años y 8 meses de prisión.

 

El proceso judicial contra la Luz del Mundo aún está en curso. La iglesia ha negado las acusaciones de lavado de dinero y otros delitos.

 

Es crucial señalar que no todos los casos de lavado de dinero implican directamente a las instituciones religiosas en su totalidad. Muchas veces, estas situaciones involucran a individuos o grupos dentro de estas comunidades, y la magnitud de su participación puede variar considerablemente.

 

Además de casos específicos, la preocupación por el financiamiento de actividades terroristas disfrazadas bajo una fachada religiosa ha aumentado, planteando preguntas sobre la responsabilidad y la vigilancia en la gestión financiera de las instituciones religiosas.

 

La inclusión de las instituciones religiosas en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) es crucial para mitigar estos riesgos. Al incorporar a estas instituciones en el marco regulatorio y de cumplimiento establecido por la ley, se fortalecería la supervisión financiera y se promovería la transparencia, lo que ayudaría a prevenir y detectar posibles actividades ilícitas de lavado de dinero dentro de estas organizaciones.

 

Además, la incorporación en la LFPIORPI podría establecer estándares claros para la gestión financiera y requerir informes detallados sobre transacciones, contribuyendo así a la rendición de cuentas y a una mayor supervisión por parte de las autoridades pertinentes.

 

La regulación adecuada y la inclusión en la LFPIORPI serían pasos fundamentales para fortalecer la integridad financiera y moral de las instituciones religiosas, asegurando su cumplimiento normativo y su contribución al mantenimiento de un entorno financiero ético y transparente.

Si bien, es cierto que los donativos están contemplados en la LFPIORPI, que dentro de su artículo 17, fracción XIII indica a la letraLa recepción de donativos, por parte de las asociaciones y sociedades sin fines de lucro, se debe de tener mayor control ya que recientemente la Secretaria de Hacienda y Crédito Público emitió el documento denominado “OSFL con Actividades Religiosas”, donde aparentemente se hace mención al caso de la Luz del Mundo ya que en el punto 8 de la sección “III Desarrollo del caso”, indica lo siguiente a la letraEl apoderado, líder y apóstol de las OSFL Religiosas enfrenta en USA, cargos por posiblemente haber cometido delitos sexuales y de trata de personas”. 

Esto es un claro indicativo de que la Autoridad logró detectar los movimientos, sin embargo, hay otras asociaciones religiosas que “aprovechan” los vacíos en las leyes, reglas, reglamentos y disposiciones para poder cometer el presunto delito de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

 

Estos incidentes no representan la totalidad de las instituciones religiosas, ni insinúan que todas estén involucradas en actividades ilegales. Más bien, sirven como recordatorios de la necesidad de una supervisión financiera rigurosa y transparente dentro de estas organizaciones para preservar la integridad moral y financiera.

 

El lavado de dinero sigue siendo un desafío global que requiere una colaboración estrecha entre entidades gubernamentales, financieras y religiosas para implementar medidas efectivas de prevención y detección.

 

 

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